¿Por qué lo indico al principio y en mayúsculas?
De no hacerlo te puedes encontrar con una SANCIÓN = desde
1 mes sin cobrar la prestación, a la pérdida total de
la ayuda e incluso la devolución de lo cobrado, sí!, ¡has visto bien!.
Importante en varios foros se pone en conocimiento que el INEM, a día de hoy, está cruzando datos con la policía (control de pasaportes) para detectar a personas que están cobrando la prestación salen de España y chequear si han informado o no de su viaje.
Parece que una vez más (y ésto es opinión propia) pagan justos por
pecadores. Por ejemplo: una persona conocida que pretendía ir bien a buscar trabajo o hacer
un estudio de mercado para montar un negocio (vamos! un emprendedor de los que
llaman ahora) en un país asiático y sin duda este dinero de su prestación, le
vendría bastante bien para cubrir gastos o parte. El pobre, se ha encontrado con un frenazo a su idea o posibilidad de negocio, ahora debe buscar financiación, que por otro lado no le conceden por
su situación…
Por todo esto, te
recuerdo: antes de viajar fuera de España contacta con tu oficina de empleo y planteales tu caso concreto.
Ten muy en cuenta los plazos de cita previa (acabo de ver que oscilan entorno a +/- 20
días (según la oficina de empleo) = planifica
con tiempo , pero bajo ninguna circunstancia dejes de hacerlo).
También
a tener en cuenta:
Buscando información al respecto, he
encontrado la siguiente casuística:
1. Si te vas un máximo
15 días, debes notificarlo!!!, aunque el motivo sea (vacaciones, boda,
visitar a un familiar o amigo...), debes pedir en la oficina de empleo una autorización y podrás seguir cobrando el paro.
¡Ojo! 15 días es el tiempo máximo de salida en un año. Se entienden como
días naturales y se pueden utilizar en fraccionados (10 enero, 5 junio, nunca debes
sobrepasar el límite).
2. Si te vas a trabajar o buscar trabajo,
realizar estudios que mejoren tu formación o a
realizar una acción de cooperación internacional:
Puedes solicitar la interrupción del pago de la prestación.
Y cuando regreses a España tienes 2 opciones:
1.
Has estado en el extranjero menos de un
año continuado y cuando regresas a España no encuentras trabajo.
-En ese caso puedes solicitar que se
reanude la prestación interrumpida a la marcha.
2. Si has estado fuera más de un año y
cuando regresas no encuentras trabajo, entonces no podrás volver a percibir la
prestación o el subsidio, es decir, pierdes ese derecho. Pero si tienes
nacionalidad española y regresas de un país no perteneciente a la Unión
Europea, Australia o Suiza, podrías tener derecho (previa solicitud) a un
subsidio para emigrantes retornados.
3. Si viajas fuera de España más de
15 días pero menos de 90
Puedes hacerlo sin necesidad de
justificar el motivo, pero debes pedir autorización
previa. La prestación o subsidio quedarán
interrumpidos y se reanudará el pago cuando regreses a España. (Esto es consecuencia de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, STS 7817/2012)
4. Si Viajas a un país de la Unión
Europea a buscar trabajo durante 3 meses = “exportar el paro”.
Si tu idea es salir a
buscar trabajo a otro país y seguir cobrando el paro.
- Esta opción es válida sólo si tu estancia es dentro de la Unión Europea o Suiza. De ser así, debes solicitar la denominada “exportación del subsidio” en tu oficina de empleo y te pedirán que cumplimentes un formulario modelo U2 (de cuya copia tendrás 7 días, desde tu llegada al país de destino, para presentarlo en el Servicio de Empleo. Por otro lado abres otra vía en tu búsqueda de empleo, si alguna de las ofertas de las que puedan disponer allí se adapta a tu perfil).
5. Si viajas fuera de la Unión Europea no
podrás cobrar el paro (caso de la persona que os comentaba).
Si tu idea es viajar a un país fuera de la Unión Europea o Suiza, no podrás cobrar el paro mientras permanezcas en tu nuevo destino.
Esta
imposibilidad se debe, según ellos, a que estando lejos no puedes cumplir con la obligación
legal de estar a disposición de los Servicios Públicos de Empleo españoles.
Tampoco cumplirías con el requisito del llamado 'compromiso de actividad' que
te permite cobrar el subsidio mientras buscas trabajo en un país de la UE.
6. Puedes
solicitar la interrupción del cobro y reactivarlo a la vuelta.
Para acogerte a esta
posibilidad tendrás que demostrar que vas a estudiar en el lugar de destino,
que vas a buscar trabajo o que participarás en proyectos de cooperación
internacional (ONG's, etc).
En este caso el plazo máximo durante el cual el SEPE
puede interrumpir el cobro del paro es de 12 meses. Si tu estancia en otro país
supera este margen de tiempo, perderás esta opción.
Importante: Si vas al extranjero mientras estás cobrando la
prestación y no puedes justificar el viaje argumentando uno de los anteriores
supuestos, perderás el subsidio.
Ojo para reanudar
el cobro del subsidio a tu regreso a España
Tienes que solicitarlo
El trámite no es
automático.
Si has interrumpido el cobro de la prestación por
desempleo por una de las causas anteriores, no te olvides de reactivarlo a tu
regreso. Para ello tendrás que ir personalmente a la oficina del SEPE que te
corresponda en función de tu domicilio. Dispones de 15 días desde tu llegada
a España.
7. Si estás cobrando el paro y encuentras
trabajo fuera de España, Importante: avisa al SEPE.
En el caso de que estés
cobrando el subsidio por desempleo y encuentres un trabajo fuera de España, tendrás
que informar al SEPE de esta nueva situación. Por lo que no olvides llevarte
los datos de tu oficina de empleo y forma de contacto más rápida.
Buenos Consejos que
he encontrado buscando la información para el post:
Solicita el formulario U2 en la dirección provincial del SEPE de su
provincia (la puede localizar aquí). Están más acostumbrados a realizar estos
trámites que en las oficinas de empleo locales. Cuando allí les facilitan el
U2, dan una dirección de correo electrónico del SEPE a través de la cual
estarán en contacto y podrán enviarles documentación y por ejemplo solicitar la
prórroga de la exportación cumplimentando un formulario.
¿Qué sucede si
tenemos que salir al extranjero y no logramos de ningún modo cita previa para
antes de la fecha de la salida?
Si no logra
cita previa antes de su viaje, hay dos posibilidades, siempre preferibles a
marcharse sin informar:
1) Acudir sin
cita a la oficina de empleo e informar de la salida al servicio autonómico, para lo que en la mayor parte de las CCAA no hace falta cita
previa. Comentele su problema al funcionario, para ver si él puede hacer
llegar el impreso de solicitud (que le recomiendo que lleve impreso y preparado
de casa) al funcionario del SEPE que lleve este caso. No tiene obligación
de hacerlo, pero inténtelo.
2) Si lo
anterior no es posible, antes de marcharse informe al servicio autonómico,
(para que no le citen durante esos días a cursos etc) y presente una
reclamación por escrito ante la Oficina de Empleo Estatal, indicando que lleva varios días intentando tramitar el permiso y su
sistema no lo permite, a la vez que comunica cuál será el periodo de estancia
en el extranjero (teniendo en cuenta que no debe superar los 15 días).
Folleto
informativo del SEPE: “Guía de desplazamientos al
extranjero (descargar en pdf) actualizada”
• Cuidado
con los plazos y con la presentación de documentos (más vale insistir con ésto).
Uno de los aspectos más importantes a la hora de viajar
estando en paro es cumplir los plazos.
Acude a tu oficina de empleo habitual y
presenta los documentos dentro del periodo establecido. La reciente aprobación
del Real Decreto Ley, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad
presupuestaria y de fomento de la competitividad, ha endurecido las condiciones
a la hora de cobrar un subsidio en el extranjero.
Si vas a otro país de la Unión Europea o a Suiza y te
han concedido la exportación de tu prestación, es muy importante que presentes
el formulario U2 en las oficinas de trabajo del país donde vas a residir. Si no
lo haces puedes perder la prestación por desempleo.
En el caso de que tu viaje sea por motivos de turismo u
otras causas no justificadas, ten en cuenta siempre que no podrás estar fuera
de España más de 15 días al año si quieres seguir cobrando tu prestación.
Si necesitas información más ampliada visita estos enlaces, que también sirven a modo de bibliografía: