miércoles, 1 de abril de 2015

Ojo si estás cobrando la prestación por desempleo y decides viajar fuera de España




 montaje sobre imagen de www.alebricks.com


¿Por qué lo indico al principio y en mayúsculas?

De no hacerlo te puedes encontrar con una SANCIÓN = desde 1 mes sin cobrar la prestación, a la pérdida total de la ayuda e incluso la devolución de lo cobrado, sí!, ¡has visto bien!.

Importante en varios foros se pone en conocimiento que el INEM, a día de hoy, está cruzando datos con la policía (control de pasaportes) para detectar a personas que están cobrando la prestación salen de España y chequear si han informado o no de su viaje.

Parece que una vez más (y ésto es opinión propia) pagan justos por pecadores. Por ejemplo: una persona conocida que pretendía ir bien a buscar trabajo o hacer un estudio de mercado para montar un negocio (vamos! un emprendedor de los que llaman ahora) en un país asiático y sin duda este dinero de su prestación, le vendría bastante bien para cubrir gastos o parte. El pobre, se ha encontrado con un frenazo a su idea o posibilidad de negocio, ahora debe buscar financiación, que por otro lado no le conceden por su situación…

Por todo esto, te recuerdo: antes de viajar fuera de España contacta con tu oficina de empleo y planteales tu caso concreto.

Ten muy en cuenta los plazos de cita previa (acabo de ver que oscilan entorno a +/- 20 días (según la oficina de empleo) = planifica con tiempo , pero bajo ninguna circunstancia dejes de hacerlo).

También a tener en cuenta:

Buscando información al respecto, he encontrado la siguiente casuística:

1. Si te vas un máximo 15 días, debes notificarlo!!!, aunque el motivo sea (vacaciones, boda, visitar a un familiar o amigo...), debes pedir en la oficina de empleo una autorización y podrás seguir cobrando el paro.  


¡Ojo! 15 días es el tiempo máximo de salida en un año. Se entienden como días naturales y se pueden utilizar en fraccionados (10 enero, 5 junio, nunca debes sobrepasar el límite).

 2. Si te vas a trabajar o buscar trabajo, realizar estudios que mejoren tu formación o a  realizar una acción de cooperación internacional

Puedes solicitar la interrupción del pago de la prestación.

Y cuando regreses a España tienes 2 opciones:

1.           Has estado en el extranjero menos de un año continuado y cuando regresas a España no encuentras trabajo.
-En ese caso puedes solicitar que se reanude la prestación interrumpida a la marcha.

2.        Si has estado fuera más de un año y cuando regresas no encuentras trabajo, entonces no podrás volver a percibir la prestación o el subsidio, es decir, pierdes ese derecho. Pero si tienes nacionalidad española y regresas de un país no perteneciente a la Unión Europea, Australia o Suiza, podrías tener derecho (previa solicitud) a un subsidio para emigrantes retornados.


3. Si viajas fuera de España más de 15 días pero menos de 90

Puedes hacerlo sin necesidad de justificar el motivo, pero debes pedir autorización previa. La prestación o subsidio quedarán interrumpidos y se reanudará el pago cuando regreses a España.  (Esto es consecuencia de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, STS 7817/2012)

4. Si Viajas a un país de la Unión Europea a buscar trabajo durante 3 meses = “exportar el paro”.

Si tu idea es salir a buscar trabajo a otro país y seguir cobrando el paro.
  • Esta opción es válida sólo si tu estancia es dentro de la Unión Europea o Suiza. De ser así, debes solicitar la denominada “exportación del subsidio” en tu oficina de empleo y te pedirán que cumplimentes un formulario modelo U2 (de cuya copia tendrás 7 días, desde tu llegada al país de destino, para presentarlo en el Servicio de Empleo. Por otro lado abres otra vía en tu búsqueda de empleo, si alguna de las ofertas de las que puedan disponer allí se adapta a tu perfil).


5. Si viajas fuera de la Unión Europea no podrás cobrar el paro (caso de la persona que os comentaba).

Si tu idea es viajar a un país fuera de la Unión Europea o Suiza, no podrás cobrar el paro mientras permanezcas en tu nuevo destino. 

Esta imposibilidad se debe, según ellos, a que estando lejos no puedes cumplir con la obligación legal de estar a disposición de los Servicios Públicos de Empleo españoles. Tampoco cumplirías con el requisito del llamado 'compromiso de actividad' que te permite cobrar el subsidio mientras buscas trabajo en un país de la UE.

6. Puedes solicitar la interrupción del cobro y reactivarlo a la vuelta.

Para acogerte a esta posibilidad tendrás que demostrar que vas a estudiar en el lugar de destino, que vas a buscar trabajo o que participarás en proyectos de cooperación internacional (ONG's, etc).

En este caso el plazo máximo durante el cual el SEPE puede interrumpir el cobro del paro es de 12 meses. Si tu estancia en otro país supera este margen de tiempo, perderás esta opción.

Importante: Si vas al extranjero mientras estás cobrando la prestación y no puedes justificar el viaje argumentando uno de los anteriores supuestos, perderás el subsidio.

Ojo para reanudar el cobro del subsidio a tu regreso a España


Tienes que solicitarlo
El trámite no es automático.

Si has interrumpido el cobro de la prestación por desempleo por una de las causas anteriores, no te olvides de reactivarlo a tu regreso. Para ello tendrás que ir personalmente a la oficina del SEPE que te corresponda en función de tu domicilio. Dispones de 15 días desde tu llegada a España


7. Si estás cobrando el paro y encuentras trabajo fuera de España, Importante: avisa al SEPE.

En el caso de que estés cobrando el subsidio por desempleo y encuentres un trabajo fuera de España, tendrás que informar al SEPE de esta nueva situación. Por lo que no olvides llevarte los datos de tu oficina de empleo y forma de contacto más rápida.

Buenos Consejos que he encontrado buscando la información para el post:

Solicita el formulario U2 en la dirección provincial del SEPE de su provincia (la puede localizar aquí). Están más acostumbrados a realizar estos trámites que en las oficinas de empleo locales. Cuando allí les facilitan el U2, dan una dirección de correo electrónico del SEPE a través de la cual estarán en contacto y podrán enviarles documentación y por ejemplo solicitar la prórroga de la exportación cumplimentando un formulario.

¿Qué sucede si tenemos que salir al extranjero y no logramos de ningún modo cita previa para antes de la fecha de la salida?

Si no logra cita previa antes de su viaje, hay dos posibilidades, siempre preferibles a marcharse sin informar:

1) Acudir sin cita a la oficina de empleo e informar de la salida al servicio autonómico, para lo que en la mayor parte de las CCAA no hace falta cita previa.  Comentele su problema al funcionario, para ver si él puede hacer llegar el impreso de solicitud (que le recomiendo que lleve impreso y preparado de casa) al funcionario del SEPE que lleve este caso.  No tiene obligación de hacerlo, pero inténtelo.

2) Si lo anterior no es posible, antes de marcharse informe al servicio autonómico, (para que no le citen durante esos días a cursos etc) y presente una reclamación por escrito ante la Oficina de Empleo Estatal, indicando que lleva varios días intentando tramitar el permiso y su sistema no lo permite, a la vez que comunica cuál será el periodo de estancia en el extranjero (teniendo en cuenta que no debe superar los 15 días).

  Cuidado con los plazos y con la presentación de documentos (más vale insistir con ésto).


Uno de los aspectos más importantes a la hora de viajar estando en paro es cumplir los plazos. 

Acude a tu oficina de empleo habitual y presenta los documentos dentro del periodo establecido. La reciente aprobación del Real Decreto Ley, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, ha endurecido las condiciones a la hora de cobrar un subsidio en el extranjero.

Si vas a otro país de la Unión Europea o a Suiza y te han concedido la exportación de tu prestación, es muy importante que presentes el formulario U2 en las oficinas de trabajo del país donde vas a residir. Si no lo haces puedes perder la prestación por desempleo.

En el caso de que tu viaje sea por motivos de turismo u otras causas no justificadas, ten en cuenta siempre que no podrás estar fuera de España más de 15 días al año si quieres seguir cobrando tu prestación.

Si necesitas información más ampliada visita estos enlaces, que también sirven a modo de bibliografía:


http://www.citapreviainem.es/exportar-el-paro/